FD.1.6 PLAYONES Y SABANAS COMUNALES
DETERMINANTES DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL – OSPR
HERRAMIENTA DE CONSULTA DE LOS COMPONENTES AMBIENTAL, DE RIESGO Y SECTORIAL
FORMULACIÓN DE PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL
IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD
RURAL
PLANIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL
- Figura de ordenamiento ambiental
- Descripción General
- Información complementaria
- Ámbito
- Determinante
- Requisitos de la figura (restricciones/condiciones) OSPR
- Información complementaria
- Competencia en la administración
- Normativa general /aplicada a OSPR
- Reglamentación de usos/actividades
- Insumos de información existentes
- Abordaje metodológico para el análisis
- Roles y responsabilidades en el análisis de la figura interior ANT
Playones y Sabanas comunales
Ámbito nacional en las zonas donde se encuentren solicitudes y el uso actual de playones y sabanas.
La ANT solamente podrá otorgar el derecho de uso que se encuentre conforme con el régimen de restricciones y prohibiciones de las rondas hídricas o de protección de humedales, planes de ordenamiento de cuencas hídricas, entre otras, establecidas en la normatividad ambiental y en los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes tratándose de playones comunales. Con relación a las sábanas comunales se tendrá en cuenta los regímenes, restricciones y prohibiciones establecidos en la normatividad ambiental y en los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes. (Acuerdo 118 de 2020).
Agencia Nacional de Tierras – ANT
Aplicabilidad rutas
Agencia Nacional de Tierras – ANT
En construcción
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